Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-17976

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2011, páginas 60205 a 60205 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17976

TEXTO

Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, Doña M. C. Sanz,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue Concurso voluntario nº 699/09, a instancia de Don Francisco Javier Gallego Beuter, representado por la Procuradora Doña María Isabel Campillo García, bajo la dirección del Letrado Don Miguel Ángel Gómez de Liaño Botella, en el que recayó auto de fecha 13 de mayo de 2011, dictado por el Magistrado-Juez Don Javier García Marrero, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

Se Aprueba el Plan de Liquidación anticipado propuesto por la Procurador Doña Mª Isabel Campillo García, en nombre y representación de Don Fco. Javier Gallego Beuter, en los términos previstos por la concursada, y con las modificaciones contenidas en esta resolución, con apertura de la fase de liquidación.

Se acuerda la disolución de la sociedad de gananciales integrada por el concursado y Doña Margarita María Medina de Toro, aprobándose el inventario en los términos previstos en la propuesta de liquidación anticipada, y debiéndose actuar de forma coordinada con la liquidación del concurso.

Fórmese la sección 5ª que se encabezará con testimonio de esta resolución, de la solicitud presentada por la concursada, de las observaciones realizadas por la Administración Concursal y los acreedores

Se declara extinguida el derecho a alimentos con cargo a la masa.

Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Fórmese la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, de la solicitud de declaración de concurso, de los documentos en ella aportados, del auto de declaración de concurso y del informe de la Administración Concursal, y de los textos definitivos, en su caso.

Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable

Dese a la misma la publicidad prevista en el artículo 144 LC, fijando edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE de forma gratuita.

Madrid, 17 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid