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Documento BOE-B-2011-17986

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2011, páginas 60215 a 60215 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-17986

TEXTO

Edicto

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 124/2011, se ha dictado a instancias de Promociones Illes 2003, S.L., CIF B-57214256, Promociones Calma Blanca, S.L., CIF B-07871957, Promociones Calma Blava, S.L., B-57020836, Drac Blanc, S.L., B-07995947, Rafael Sastre Romo, DNI 42968367-C en fecha 8 de marzo de 2011, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Promociones Illes 2003, S.L., Promociones Calma Blanca, S.L., Promociones Calma Blava, S.L., Drac Blanc, SL., Rafael Sastre Romo.

Segundo.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 21 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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