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Documento BOE-B-2011-1853

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2011, páginas 5311 a 5311 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-1853

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento Juicio Verbal 528/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de Málaga, a instancia de Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros contra Rafael García Miranda, Alberto Ortiz Sánchez y Axarauto Axarquia, S.L. sobre Juicio Verbal (Tráfico), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia N.º 150/09.

Juez que la dicta: D Antonio Valero Gonzalez.

Lugar: Málaga.

Fecha: 22 de septiembre de 2009.

Parte demandante: Letrado del Consorcio de Compensación de Seguros.

Parte demandada: Rafael García Miranda, Alberto Ortiz Sánchez y Axarauto Axarquia, S.L

Procurador: Nieves Criado Ibaseta.

Objeto del juicio: Juicio Verbal (Tráfico).

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia número 17 de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Verbal número 528/08 seguidos ante este Juzgado a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra Alberto Ortiz Sánchez, representado por la procuradora Sra. Criado Ibaseta y defendido por el letrado Sr. Tinoco González y contra Rafael García Miranda y Axarauto Axarquía, S.L. declarados en rebeldía y,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Rafael García Miranda y Axarauto Axarquía, S.L. debo condenar y condeno a éstos a abonar solidariamente al actor la suma de 2.102 euros; dicha cantidad devengará el interés legal desde la fecha de la demanda, todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada condenada. Igualmente desestimando la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Alberto Ortiz Sánchez debo absolver y absuelvo al mismo sin expresa condena en costas.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados, Rafael García Miranda y Axarauto Axarquia, S.L. extiendo y firmo la presente.

Málaga, 29 de septiembre de 2010.- El/La Secretario.

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