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Documento BOE-B-2011-18665

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2011, páginas 62920 a 62920 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-18665

TEXTO

Edicto

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos de concurso abreviado seguidos en este Juzgado con el n.º 59/2011 se ha dictado a instancias de la mercantil Artes Gráficas Riande, S.L.U., en fecha 19 de mayo de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Artes Gráficas Riande, S.L.U., cuyo centro de intereses principales lo tiene en El Palmar (Murcia), Ctra. de Mazarrón, Km 2, s/n.

Se ha designado administradora concursal a la abogada D.ª Blanca María Lorenzo Monerri, con despacho profesional en C/ Jerónimo de Roda, n.º 1, 1.º F, teléfono n.º 699389930 y fax n.º 968889220.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la deudora que seguirá ejerciendo la misma.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en la Oficina de Registro y Reparto del Servicio Común General, sita en la Ciudad de la Justicia de Murcia, Fase I, planta baja, Ronda Sur, esquina Senda Estrecha, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 23 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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