Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-19356

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2011, páginas 64777 a 64777 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-19356

TEXTO

Edicto.

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 850/2008 referente a la concursada "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.", CIF B-80242183, por auto de fecha 18 de mayo de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la deudora "Refrigeración Hostelera Comercial, S.L.". CIF B-80242183.

2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la L.C.

4. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituIdos por la administración concursal.

5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado" con carácter gratuito.

6. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y, en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución.

7. Los edictos que no puedan cumplimentarse por este Juzgado así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a instante del concurso para su debida cumplimentacion, quien deberá aportar a este Juzgado un ejemplar del BOE tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados.

8. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan (original y dieciseis copias en papel o en soporte C.D. individualmente emblistado) para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.

9. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

10. Requiérase a la administración concursal para que presente el informe a que se refiere el artículo 169 (original y tres copias) de la Ley Concursal en el momento procesal oportuno.

Madrid, 18 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid