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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Teruel, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento número 864/2009 de la deudora Supermercados Mika, Sociedad Limitada, se ha dictado auto de fecha once de mayo de dos mil once en el que se acuerda:
1º.- Concluir el procedimiento concursal voluntario número 864/2009, por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2º.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3º.- La extinción del concurso, librándose el correspondiente mandamiento al Registro Mercantil de Teruel para que proceda a la cancelación de la hoja registral abierta a Supermercados Mika, Sociedad Limitada.
Teruel, 11 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
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