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Documento BOE-B-2011-19760

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 2011, páginas 66098 a 66098 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-19760

TEXTO

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona y provincia,.

Hago saber: Que en el Concurso nº 255/09 seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Sr./a Albert Grasa Fàbrega en nombre de Construccions Ollé Roca, se ha dictado en fecha 22/02/11 por la Magistrada-Juez, Doña Marta Cervera Martínez, sentencia aprobando Convenio presentado

Y cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

"Fallo

La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Construccions Ollé Roca, S.L. sometido a votación el 4 de febrero de 2011, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los Administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Barcelona, 23 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial, Jesús Santiago Ortego Briongos.

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