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Documento BOE-B-2011-20322

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2011, páginas 67759 a 67759 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-20322

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, anuncia:

Que en el procedimiento de Concurso Voluntario seguido ante este Juzgado bajo el número 4000025/2009, del deudor Transportes Gonzalo, S.A., CIF A-33097247, con domicilio y cuyo centro de principales intereses lo tiene en c/ Marqués de Argüelles, 12 de Llanes, se ha dictado auto de fecha 12 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decido: Declarar la conclusión del concurso 25/09, en el que figuraba como concursada Transportes Gonzalo, S.A., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el BOE y en el Diario La Voz de Asturias.

Se acuerda el cese de la limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Publicación: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilm. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

Diligencia: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

Oviedo, 27 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

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