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Doña María Jose Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,
Por el presente hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen auto de Concurso de Acreedores de Disapte, S.L., con Cif. B-46158390 y Hergaval 98, S.L., con CIF B-96786397, y Valenciana de Polieter, S.L., con CIF B-96785621, con el número de registro 259/2009 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 2 de Junio de 2011 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los Administradores de la empresa concursada.
Se declara la disolución de la mercantil concursada Disapte, S.L., Hergaval 98, S.L. y Valenciana de Polieter, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, Don Alfredo Di Stefano Freites con D.N.I. número 19.462.547-Q, que presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
De conformidad con el artículo 168. 1. LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable"
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente
Valencia, 2 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
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