Advertido un error material en la citada Resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 6, de 7 de enero de 2011 y de conformidad con lo previsto en el art. 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAPYPAC, se procede a su rectificación de la siguiente manera:
Donde dice: "Tasa de ocupación: 6.297,64 €/año"; debe decir: "Tasa de ocupación: 317.187,40 €/año."
Lo que se hace público para general conocimiento.
Tarragona, 10 de enero de 2011.- Josep Anton Burgasé i Rabinad, Presidente.
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