María Luisa García Ruiz, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Barbate,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Avenida del Mar, n.º 8, de Barbate, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 219 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana: Número 2.-Piso bajo derecha, sito en la planta baja del bloque número seis, portal quince, de la Calle Madrid, sin número, de Barbate. Ocupa una superficie total construida de 59,87 m². Linda: por la derecha, con local comercial de su bloque entre calle Remigio y Calle Madrid; por la izquierda, con piso bajo izquierda de su portal y hueco de escalera; al frente, con calle Madrid; y al fondo, con patio y piso bajo izquierda del portal seis de la Calle Remigio Sánchez del Alamo.
Inscripción: Registro de la Propiedad de Barbate, tomo 1.913, Libro 446, Folio 152, finca 3.778.
Procediendo a la subasta de la finca se hacen saber sus condiciones: Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el día 30 de agosto, a las 11.00 horas, siendo el tipo base el de noventa y siete mil setecientos cuarenta y cuatro euros con noventa y un céntimos (97.744,91 euros); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 27 de Septiembre, a las 11.00 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el día 26 de octubre, a las 11.00 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el día 23 de noviembre, a las 11.00 horas.
La documentación y la certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del RH pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante de depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requierente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Barbate, 22 de junio de 2011.- Notario de Barbate.
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