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Documento BOE-B-2011-22707

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 2011, páginas 74970 a 74970 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-22707

TEXTO

Edicto.

D.ª Rosa María Pérez Garrudo, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 297/11, por auto de 27/06/11, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor CGS GESTIÓN DE BIOMASA, S.L., con domicilio en c/ Sevilla, n.º 6, de Madrid, con CIF B-33/860.586.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, 1.º Pablo Ferrándiz Avendaño, Abogado, con despacho profesional, a los efectos de relación directa con acreedores, concursada y Juzgado, en c/Serrano 16, 2.º derecha, de Madrid (28001), tlf. 91.436.42.10, fax 91.436.42.11, pablo.ferrandiz@lyrd-ip.com; 2.º Rubén García-Quismondo Pereda, economista, con despacho profesional, a los efectos de relación directa con acreedores, concursada y Juzgado, en c/Ortega y Gasset, n.º 25, 2.º, de Madrid (28006), tlf. 91.578.13.53, fax 91.383.69.30, r_garciaquismondo@aae2.com; 3.º Agencia Estatal de Administración Tributaria, quien en su representación deberá designar un profesional que reúna las condiciones del art. 27.1-2.º LC o a un funcionario dependiente de la misma, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 28 de junio de 2011.- Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.

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