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Documento BOE-B-2011-23101

Anuncio de la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial por la que se da publicidad a la Notificación de Resolución de Revocación Parcial del préstamo concedido a la empresa Acuabase, Sociedad Anónima, correspondiente al Expediente DEX-560510-2008-122.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2011, páginas 76240 a 76240 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2011-23101

TEXTO

Habiendo intentado la notificación según lo establecido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y no siendo posible, por el presente anuncio, la Subdirección General de Fomento de la Innovación Empresarial notifica a la empresa Acuabase, Sociedad Anónima, la Resolución de Revocación Parcial correspondiente al expediente DEX-560510-2008-122.

El 5 de diciembre de 2008 se concedió a Acuabase Sociedad Anónima una ayuda en forma de préstamo por importe de 89.917,50 euros (anualidad 2008) para el proyecto "Desarrollo experimental de un sistema operativo que permita la aplicación controlada (fiabilidad y calidad) de productos FR sobre moquetas destinadas a aeronaves". La ayuda fue abonada con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto, el día 12 de enero de 2009.

De acuerdo con la Certificación Acreditativa de las inversiones realizadas, de fecha 7 de enero de 2011, la entidad no ha invertido la cantidad total prevista, si bien se han cumplido los fines para los cuales fue concedida la ayuda. Por tanto, la ayuda correspondiente a las inversiones realizadas debe ser de 72.931,31 euros en concepto de préstamo.

Examinadas las actuaciones, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el apartado vigésimo sexto de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo de 2008, ha resuelto el reintegro por importe de 16.986,19 euros de la ayuda concedida a esa entidad, procediendo el reintegro de la cantidad percibida indebidamente y la exigencia del interés de demora, 1.914,12 euros.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/2000 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de junio de 2011.- El Subdirector General De fomento de la Innovación Empresarial, Luis Cueto Álvarez de Sotomayor.

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