Contido non dispoñible en galego
Intentada por dos veces la notificación personal de los Requerimientos efectuados por esta Comisión Nacional del Mercado de Valores a la entidad ESPAÑOLA DEL ZINC, S.A., sin que hayan podido practicarse, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En consecuencia, se requiere a la mencionada entidad para que, de forma inmediata, remitan a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la declaración intermedia de gestión correspondiente al primer trimestre de 2011, cuyo período de remisión finalizó el pasado 16 de mayo, según se establece en el artículo 19 del Real Decreto 1362/ 2007, de 19 de octubre, y en la norma tercera de la Circular 1/ 2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que lo desarrolla.
Madrid, 13 de julio de 2011.- El Director del Departamento de Informes Financieros y Corporativos.
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