Don Antonio García Morales, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Alcalá del Río, hago saber:
Que en mi notaría, sita en Alcalá del Río (C.P.41.200), Avenida de Andalucía, número 87, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana: Vivienda, ya terminada, identificada con el número ocho en planta baja del edificio plurifamiliar construido sobre la parcela ubicada en el área su-ar 17, denominada en el proyecto de reparcelación del sector su-ar 17 de Alcalá del Río, Sevilla, como parcela 1 de la manzana 2, y que comercialmente se denomina "edificio villa de Artena", hoy calle Salamanca, número dos de gobierno, bajo h. Tiene su acceso independiente desde la calle interior privada. Tiene una superficie total construida, con inclusión de los elementos comunes, de noventa y dos metros y veinticinco decímetros cuadrados y útil propia de setenta y dos metros cuadrados. Linda: Según se entra, al frente, con dicha calle; a la derecha, con la vivienda de su misma planta identificada con el número nueve; a la izquierda, con la vivienda de su misma planta identificada con el número siete; y al fondo, con calle de nueva creación llamada A.
Le corresponde como anejos inseparables:
A) Cuarto trastero número dieciocho en planta sótano del edificio plurifamiliar que se levanta sobre la parcela ubicada en el área su-ar 17, denominada en el proyecto de reparcelación del sector su-ar 17 de Alcalá del Río, Sevilla, como parcela 1 de la manzana 2, y que comercialmente se denomina "edificio villa de Artena". Tiene su acceso independiente desde la zona de rodadura de esta planta. Tiene una superficie útil propia de seis metros y noventa y seis decímetros cuadrados. Linda: Según se entra, al frente, con zona de rodadura y maniobras; a la derecha, con cuarto trastero número veinte; a la izquierda, con dieciséis; y al fondo, con cuarto trastero número diecinueve.
B) Plaza de aparcamiento para coche número veintitrés en planta sótano del edificio plurifamiliar que se levanta sobre la parcela ubicada en el area su-ar 17, denominada en el Proyecto de Reparcelación del sector su-ar 17 de Alcalá del Río, Sevilla, como parcela 1 de la manzana 2, y que comercialmente se denomina "edificio villa de Artena". Tiene su acceso independiente desde calle interior privada, a través de rampa de acceso a esta planta. Tiene una superficie útil propia de once metros y treinta y seis decímetros cuadrados. Linda: Vista desde la zona de rodadura y maniobra, al frente, con zona de rodadura y maniobras; a la derecha, con plaza de aparcamiento para coches número veinticuatro; a la izquierda, con plaza de aparcamiento para coches número veintidós; y al fondo, con muro de contención.
C) Plaza de aparcamiento para moto número nueve en planta sótano del edificio plurifamiliar que se levanta sobre la parcela ubicada en el area su-ar 17, denominada en el proyecto de reparcelación del sector su-ar 17 de Alcalá del Río, Sevilla, como parcela 1 de la manzana 2, y que comercialmente se denomina "edificio villa de Artena". Tiene su acceso independiente desde calle interior privada, a través de rampa de acceso a esta planta. Tiene una superficie útil propia de dos metros y cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Linda: vista desde la zona de rodadura y maniobra, al frente, con zona de rodadura y maniobras; a la derecha, con plaza de aparcamiento para motos número diez; a la izquierda, con plaza de aparcamiento para motos número ocho; y al fondo, con cuarto común. Cuota: Es de tres enteros y setenta y seis centésimas por ciento (3,76%). Inscripcion: La finca descrita se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad número seis de Sevilla, al tomo 1373, Libro 194, folio 181, inscripción 3ª, finca número 10152 de Alcalá del Río.
La responsabilidad hipotecaria quedó fijada en cinco mil ochocientos euros (5.800,00 €) de principal; intereses ordinarios de una anualidad al tipo del siete enteros por ciento (7%) hasta la cantidad máxima de cuatrocientos seis euros (406,00 €); intereses moratorios de dos anualidades al tipo del catorce enteros por ciento (14%) hasta la cantidad máxima de mil seiscientos veinticuatro euros (1.624,00 €); y ochocientos setenta euros (870,00 €) para costas y gastos, incluyéndose entre dichos gastos tanto los judiciales como aquéllos que estén en íntima conexión con la conservación y efectividad de la garantía, como primas de seguros, contribuciones, impuestos, arbitrios, cuotas de comunidad, salarios, y todos aquéllos que puedan generar un crédito preferente a esta hipoteca; y para el caso de ejecución extrajudicial también incluirá los honorarios de la actuación del Notario, así como los derivados de los distintos trámites seguidos, los honorarios de Letrado interviniente, en su caso como representante del acreedor ejecutante y, por último, las responsabilidades o gastos deducidos de un procedimiento extrajudicial interrumpido definitivamente por no llegar a poderse efectuar válidamente el requerimiento o requerimientos de pago o quedar desiertas las subastas.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La 1.ª subasta el día 31 de agosto de 2011, a las 12:00 horas, siendo el tipo base el de ciento ochenta y siete mil doscientos ochenta y dos euros con cincuenta céntimos (187.282,50 €); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 28 de septiembre de 2011, a las 12:00 horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el día 25 de octubre de 2011, a las 12:00 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 4 de noviembre de 2011, a las 12:00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículo 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de nueve horas a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la 1.ª y la 2.ª subasta y en la 3.ª un veinte por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Alcalá del Río, 15 de julio de 2011.- Antonio García Morales, Notario.
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