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Documento BOE-B-2011-25308

Resolución de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de Industria de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, por la que se autoriza a "Norca Ingeniería de Calidad, S.L.", como Organismo de Control en el campo de productos de equipos a presión.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2011, páginas 80581 a 80582 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2011-25308

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.- D. Carlos Marcos Rodríguez con DNI 06508306-L, en nombre y representación de Norca Ingeniería de Calidad, S.L.U.; con CIF B-39252606 y domicilio social en C/Peña Herbosa, nº 20, 39003 de Santander (Cantabria), presenta solicitud de autorización como organismo de control en el ámbito de la Directiva 97/23/CEE de equipos a presión.

Segundo.- Examinada la documentación presentada, visto el certificado OC-I/200 emitido por ENAC con fecha 19 de octubre de 2010, se comprueba que la empresa cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto 2200/1995 de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

Fundamentos de derecho

Primero.- La Comunidad Autónoma de Cantabria, y por razón de materia, la Dirección General de Industria es competente para conocer y resolver el presente expediente de conformidad con el Real Decreto 1903/1996 de 2 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Industria, Energía y Minas, así como con el Decreto 99/1996 de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Trabajo e Industria y que atribuye a esta Dirección General las competencias en este ámbito.

Segundo.- Es de aplicación el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, modificado por el real Decreto 338/2010, de 19 de marzo.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, resuelve:

Primero.- Autorizar a la empresa Norca Ingeniería de Calidad, S.L.U., con CIF B-39250606 como Organismo de Control autorizado para las actividades de evaluación de la conformidad recogidas en el R.D. 769/1999 de 7 de mayo por el que se dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 97/23/CE relativos a Equipos a Presión, y para las actividades de Productos de equipos a presión y para las actividades de Productos de equipos a presión de acuerdo a los tipos de evaluación recogidos en el anexo técnico OC-I/200 de 19 de noviembre de 2010.

Segundo.- La citada empresa queda autorizada para actuar en todo el territorio nacional en el citado ámbito reglamentario y con las limitaciones expresadas en el punto primero, debiendo, en todo caso, para actuar en cualquier Comunidad Autónoma, ajustar sus actuaciones a lo recogido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, modificado por real Decreto 338/2010, de 19 de marzo.

Tercero.- Cualquier variación de las condiciones o requisitos que sirvieron de base para la presente autorización, deberán comunicarse, al día siguiente de producirse, a la Dirección General de Industria de la comunidad de Cantabria.

Cuarto.- La presente autorización para actuar como organismo de control en el campo reglamentario señalado en los puntos anteriores mantendrá su vigencia mientras permanezca en vigor la acreditación n.º OC-I/200, otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación. Dicha autorización podrá ser, asimismo, suspendida o revocada, en los casos contemplados en la legislación vigente, así como por incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente resolución. En caso de suspensión o revocación la autorización quedará suspendida en ese mismo acto, de forma provisional y hasta la resolución del procedimiento correspondiente.

Esta Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación el en "Boletín Oficial del Estado".

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Cantabria, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a su recibo, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE 27-11-92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14-1-1999).

Santander, 30 de junio de 2011.- El Director General de Industria, Marcos Bergua Toledo.

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