Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-25493

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 29 de julio de 2011, páginas 80840 a 80840 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-25493

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos de Concurso Abreviado Voluntario, seguidos en este órgano judicial con el nº 0688/2010-A se ha dictado, en fecha 18-07-2011, Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Ángel Luis Ruiz Serrano, con DNI n.º 05.636.347-J y domicilio en Camino de la Guija, nº 17-14, de Ciudad Real, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicha localidad.

2º.- Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que seguirá ejerciendo el deudor, si bien, que ello mediante la autorización o conformidad de la Administración Concursal designada.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ello mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 20 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid