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Documento BOE-B-2011-25809

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2011, páginas 81293 a 81293 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-25809

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber:

Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Proyectos Desarrollos y Control,S.L (CIF B43622331), seguidos en este Juzgado con el nº 215/2011, se ha dictado en fecha 18/07/11 Auto de Conclusión del Concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

" Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Proyectos, Desarrollos y Control, S.L, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el nº. 215/2011 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se declara la extinción de la mercantil Proyectos, Desarrollos y Control, S.L., con CIF nº B43622331 y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.

Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Requiérase a la Administración Concursal a fin de que presente la Rendición de cuentas.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los administradores concursales. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrense para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano del Vendrell.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma Doña Maria Aranzazu Ortiz González, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.

La Magistrada Jueza El Secretario Judicial".

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 18 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

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