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Documento BOE-B-2011-26177

OURENSE

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2011, páginas 81810 a 81810 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-26177

TEXTO

Edicto

Doña Estefanía Cotobal Martín, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Ourrense, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 539/2011 se ha dictado en fecha 8 de julio de 2011 auto de declaración de concurso del deudor Agroindustrial de Xinzo, S.L., S.L. con CIF: B32336562, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Vilar de Santos, parcela B1, de Ourense.

Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que se coservan, quedando sometidas a la intervención de la Administradora Concursal, la Letrada Mª José González Calabria.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Ourense, 8 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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