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Documento BOE-B-2011-26970

Anuncio del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba sobre celebración de subasta de bienes inmuebles. Expedientes de apremio números 2010/00021 y 2010/00022.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2011, páginas 82978 a 82983 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2011-26970

TEXTO

Don Juan Carlos Soriano Moyano, Jefe del Departamento de Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba,

Hago saber: Que en los procedimientos de apremio que se siguen en esta Recaudación Municipal por débitos con esta Hacienda Municipal al deudor Entidad Mercantil "Arenal 2000, S.L." por los débitos que se citan en anexo, fue dictado con fecha 4 de julio de 2011 por el Sr. Tesorero Municipal acuerdo de enajenación mediante subasta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los artículos 101, 103 y 104 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se publica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen tomar parte en la subasta como licitadores, lo siguiente:

1.º Que en el acuerdo de enajenación se ha señalado para la realización de la subasta pública el día 29 de septiembre de 2011, a las horas que se indican en el anexo para cada uno de los bienes.

2.º Que los bienes objeto de enajenación, tipo de subasta para cada uno de ellos, tramos para la licitación son los que se describen en anexo. Se advierte también que las cargas y gravámenes anteriores quedarán subsistentes sin aplicar a su extinción el precio de remate.

3.º Que los bienes objeto de subasta son los detallados anteriormente y que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas a los tramos indicados.

4.º Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en las dependencias de esta oficina recaudatoria sita en c/ Capitulares, 1 Departamento de Recaudación (2.ª planta) en horario de 9,30 a 14,30 horas y de lunes a viernes. Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes inmuebles, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Recaudación ni el Ayuntamiento contraigan otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago.

5.º En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al estado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento al amparo de la Ley 49/1996, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que quedan pendientes de pago.

6.º La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos.

7.º Las cargas anteriores que afectan a los bienes objeto de enajenación, que han quedado reseñadas quedarán subsistentes en las cuantías expresadas, sin aplicarse a su extinción el precio de remate obtenido en la subasta.

8.º Podrán tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea capacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a la recaudación municipal, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.

Los bienes descritos en cada uno de los lotes se subastarán uno por uno y por el orden en que han quedado reseñados, terminándose la subasta en el momento que con el importe de los bienes adjudicados sean cubiertos los débitos exigibles al deudor.

9.º Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado para cada uno de los bienes o lotes con la advertencia de que, si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.

El depósito deberá constituirse en metálico o mediante cheque nominativo y cruzado a favor del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba y estar conformado o certificado por la entidad librada, en fecha y forma.

Cuando el licitador no resulte adjudicatario de un bien o lote de bienes, podrá aplicar dicho depósito al de otros bienes o lotes sucesivos por los que desee pujar.

10.º Los licitadores podrán presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta el día anterior de su celebración en las Dependencias de Recaudación El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas y deberán ir acompañadas de cheque conformado por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.

En el caso de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.

11.º Cada uno de los bienes descritos en el anexo, se subastarán de forma sucesiva y por el orden en que han quedado reseñados.

12.º Cuando en la licitación no se hubiese cubierto la deuda y quedasen bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, contado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la celebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia.

Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta de los bienes que van a ser enajenados; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. Los bienes no adjudicados pasarán al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.

13.º Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación.

Los adjudicatarios podrán hacer uso de la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación para ser autorizados a efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta. En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo improrrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trámite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.

14.º Tratándose de bienes o derechos respecto de los que, según la legislación aplicable, existan interesados que tienen derechos de adquisición preferente, acordada la adjudicación, ésta se comunicará a dichos interesados. La adjudicación definitiva quedará en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho.

15.º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.

El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado a los bienes por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriquecimiento injusto del comprador en detrimento del propietario de los bienes, podría declarar inadmisible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.

Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en las Dependencias de Recaudación, sita en el calle Capitulares, 1 (2.ª planta), en horas de 8:30 a 14:00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debidamente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.

En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudicación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudicación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el importe del depósito que, en su caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. Los bienes serán entregados al adjudicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente.

Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación de los bienes o derechos no adjudicados al Ayuntamiento de Córdoba conforme a los artículos 108 y 109 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.

16.º Que el Ayuntamiento acreedor se reserva el derecho a proponer a su favor la adjudicación en pago de las deudas no cubiertas, de los bienes o alguno de los bienes embargados que no se hubieran adjudicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.

Anexo que se cita

1.- Expediente: 2010/00021. Deudor: Arenal 2000, S.L.

Hora de subasta: 10:00 horas.

Detalle de los débitos:

Principal de la liquidación 166.767,96 euros.

Costas y dietas 46.10 euros.

Recargo apremio 33.353,59 euros.

Intereses demora a fecha de hoy 14.584.20 euros.

Total deuda 214.751.85 euros.

Descripción del inmueble:

Finca: Polígono de terreno al pago de Turruñuelos, de éste término, que linda al Norte, en línea quebrada de ciento noventa y cuatro metros cuarenta y siete centímetros, con terrenos de la finca el Cortijillo de San Fernando; al Este en línea recta de trescientos metros, con terreno de la Unión Territorial de Cooperativas del Campo; al sur, en línea quebrada de ciento noventa y dos metros cuarenta y cinco centímetros, con la Cañada Real o Vereda de ganado; y al Oeste, en línea recta de trescientos cincuenta y cuatro metros ochenta y ocho centímetros, con resto de la finca matriz. Dentro de sus límites se comprende una superficie de setenta mil seiscientos cuarenta y siete metros cincuenta y un decímetros cuadrados. En el perímetro de la finca, existe un manantial de agua. Esta finca tiene su acceso por una carretera particular que arranca de la de Córdoba a Trassierra, que dará servicio también al resto de la finca matriz y a los polígonos en que la misma se divida. En la finca descrita existe en construcción muy avanzada un matadero industrial frigorífico, que consta de los siguientes elementos: Edificio matadero de dos plantas; edificio frigorífico de dos plantas; túnel de unión; edificio de oficinas; establos; caseta de transformación; gran explanada de acceso y maniobra; muelles de carga y descarga y servicio de alcantarillado, agua y electricidad y demás.

Nota: En inscripción registral de fecha 12-03-1996 se hace constar que según reciente medición tiene una superficie de setenta y un mil novecientos catorce metros cuadrados.

Inscripción: Inscrita a favor del Grupo Inversor Arenal 2000, S.L. en el Registro de la Propiedad número 2 de Córdoba en el tomo 1.469, libro 734, folio 115, finca número 36.501. Anotación 12.ª Hipoteca a favor de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba.

Cargas y afecciones.

A) Por su procedencia. Dicha finca figuraba inscrita con anterioridad bajo el número 3.269 al Archivo Común, la cual se encuentra gravada:

I ) Con la afección preferentemente a favor del Estado en garantía del reintegro al Tesoro del total de las cantidades que Industrias Cárnicas Cordobesas, S.A. perciba como consecuencia de los beneficios concedidos a la Cooperativa Agrícola Ganadera, por el Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de octubre de 1971, que ampliamente queda relacionado en el párrafo "Cargas" de la Inscripción 1.ª

II ) Dicha finca 3.269, se encuentra gravada con la afección preferentemente a favor del Estado en garantía del reintegro al Tesoro del total de las cantidades que Industrias Cárnicas Cordobesas, S.A. perciba como consecuencia de los beneficios concedidos en el Concurso convocado por Real Decreto 1464/1981 de 19 de junio, para la concesión de beneficios en el Gran Área de Expansión Industrial de Andalucía, que ampliamente queda relacionado en el párrafo de "Cargas" de la inscripción 1ª."

En fecha 30 de mayo de 2011 se informa por la Subdirección General de Incentivos Regionales del Ministerio de Economía y Hacienda, que "ésta no es acreedora de la citada empresa Industrias Cárnicas Cordobesas" entidad titular del inmueble cuando fueron anotadas las Cargas. Se señala también en dicho informe que para cancelar las citadas notas marginales, ha de solicitarlo el titular de los expedientes o bien el titular registral de los bienes afectados por ellas.

Valoración: Tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos euros (3.544.600 euros).

Cargas pendientes: 0 euros.

Total Cargas: 0 euros.

Tipo de subasta: 3.544.600 euros.

Tramos para la subasta: 6.000 euros.

2.- Expediente 2010/00022. Deudor: Arenal 2000, S.L.

Hora de subasta: 11:00 horas.

Detalle de los débitos:

Principal de la liquidación 247.469,40 euros.

Costas y dietas 44,93 euros.

Recargo apremio 9.493,88 euros.

Intereses demora a fecha de hoy 43.744,46 euros.

Total deuda 340.752,67 euros.

Descripción del inmueble:

Finca: Urbana: Local comercial B-1 y B-2 de la casa número nueve de la calle San Pablo, de esta Capital. Consta de planta baja, con superficie de quinientos cinco metros y noventa y dos decímetros cuadrados, y de planta primera de sótano, con superficie de cincuenta y cuatro metros y setenta y un decímetros cuadrados. Linda, la parte situada en planta baja, vista desde la calle San Pablo, por la que tiene su acceso, por su derecha, con casa número once de la calle San Pablo, y la número uno de la calle Santa Marta y patio de luces; por la izquierda, con el pasaje que enlaza la calle San Pablo con el patio de manzana o plaza, portal letra B, de acceso a las viviendas; y por su fondo, con patio de luces, con portal letra B, de acceso a las viviendas, con el patio de manzana o plaza, portal de acceso a las viviendas letra C, casa número uno de la calle Santa Marta y patio de luces; y la planta primera de sótano linda por su frente, con zona de cimentación recayente a la calle San Pablo; por su derecha, con casas números once de la misma calle y la número uno de la calle Santa Marta, y patio de luces; por su izquierda con el local A-1 en su porción de sótano y local de él segregado, y por su fondo, con el local número dos en planta primera de sótano, zona de circulación para acceso a las plantas primera y segunda de sótano, casa número uno de la calle Santa Marta y patio de luces y además el local de él segregado. Ambas plantas se encuentran comunicadas entre sí por una escalera interior situada en la parte del fondo, teniendo asimismo acceso la porción del local en planta primera de sótano, a través de una puerta que comunica con la zona de circulación y la rampa de acceso por la calle Santa Marta. Se le asigna un porcentaje, en relación al total valor del bloque, elementos comunes y gastos de cuatro enteros setenta y seis milésimas por ciento.

Inscripción: Finca n.º 2/88563, inscrita a favor de Testenia, S.A. en el Registro de la Propiedad número 1 de Córdoba, folio 216 del libro 1.456, Tomo 2.571. Anotación 2.ª Hipoteca a favor del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba.

Valoración: Un millón doscientos tres mil doscientos setenta y un euros con dieciocho céntimos (1.203.271,18 euros).

Cargas pendientes: 0 euros.

Total Cargas: 0 euros.

Tipo de subasta: 1.203.271,18 euros.

Tramos para la subasta: 6.000, 00 euros.

Córdoba, 22 de julio de 2011.- El Jefe del Departamento de Recaudación.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Andalucía
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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