Hago saber: Que en mi Notaria, sita en la Avenida La Mura, n.º 3, entresuelo, se tramita la venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Número uno. Almacén o local comercial situado en la planta baja del edificio situado en Vila-real, calle Poniente Bajo, 37. Con su correspondiente puerta de entrada que es la de la izquierda mirando la frontera. Con una superficie de 239,04 metros cuadrados construidos. Linda derecha entrando mirando la frontera, Pascual Vilanova Gil; izquierda, Vicente Ramos Climent; espaldas, Vicente Escuder Vidal y al frente, la citada calle.
Cuota: 33,33%.
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Vila-real, al tomo 1578, libro 1143, folio 43, finca 37374, inscripción 5ª.
Referencia catastral: 7245527YK4274N0001DW.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el día 22 de septiembre de 2011, a las 10:30 horas, siendo el tipo base el de 149.009,69 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta el día 20 de octubre de 2011, a las 10:30 horas, cuyo tipo será el 75 por ciento de la primera; en los mismos casos la tercera subasta el día 17 de noviembre de 2011, a las 10:30 horas sin sujeción a tipo, y si hubiese pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 15 de diciembre de 2011, a las 10:30 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por ciento del tipo de segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario Enrique Tejedo Aznar.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Vila-real, 16 de agosto de 2011.- El Notario.
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