El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 114.3 y 143.1 de la Ley Concursal, anuncia:
Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 49 /2010 referente al concursado Santos Marino Vera Oviedo, por auto de fecha 01/09/2011 se ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 10/06/11, por no haberse admitido a trámite ninguna propuesta de convenio por no haber sido presentadas.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 26/10/2011.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Madrid, 1 de septiembre de 2011.- Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid