Contido non dispoñible en galego
Doña. Cristina Cifo González, secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante,
Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado 683/2010-B, de la mercantil Leading Man, S.L., en cuyo seno, con fecha veintiséis de julio de dos mil once, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"1.- Se acuerda poner fin a la fase Común.
2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- Preséntese por el administrador concursal en el plazo de OCHO DÍAS siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el articulo 148 Ley Concursal.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7.- Procèdase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Articulo 168 Ley Concursal). Comuniquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de resonación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el articulo 169 Ley Concursal.
8.- Notifiquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente y gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.
Lìbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal...".
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Luis Seller Roca de Togores, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 26 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.
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