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Documento BOE-B-2011-30376

BURGOS

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2011, páginas 88005 a 88005 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-30376

TEXTO

Doña Pilar Lafuente de Benito, secretaria judicial del juzgado Mercantil número 1 de Burgos, por el presente, hago saber:

1.- Que en la Sección Primera del procedimiento concursal número 235/11 seguido en este órgano se ha dictado en fecha 27-07-2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la mercantil Unopan Tableros de Fibras, Sociedad Anónima, con código de identificación fiscal número A09456179 y domicilio social en el Barrio de Castañares, sin número, de Burgos.

2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3. Ley Concursal).

Burgos, 27 de julio de 2011.- La secretaria judicial.

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