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Documento BOE-B-2011-31592

L'HOSPITALET DE LLOBREGAT

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2011, páginas 89693 a 89693 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-31592

TEXTO

En el juicio modificación de medidas supuesto contencioso n.º 119/11 se ha dictado en fecha 18 julio 2011 la sentencia n.º 248/11:

En L'Hospitalet de Llobregat, a 18 de julio de 2011.

Vistos por don Martín Monserrat Monserrat, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de L'Hospitalet de Llobregat y su partido, los presentes autos de modificación de medidas n.º 119/11 seguidos a instancias de la Procuradora de los Tribunales Sra. Barahona Fernández en nombre y representación de doña Horia El Riffi Allouch, don Abdelaziz El Kho, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Barahona Fernández en nombre y representación de doña Horia El Riffi Allouch, contra don Abdelaziz El Kho, manteniendo íntegramente todos los pronunciamientos y el régimen establecido en la Sentencia de Divorcio de 30 de marzo de 2010, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Chefchauen (Marruecos), en el ámbito del procedimiento n.º 59/10/13.

No se efectúa pronunciamiento especial sobre imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden formular recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que en su caso deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Para interponer dicho recurso será preceptiva la constitución de un depósito, de conformidad a lo dispuesto a tal efecto en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Líbrese y únase testimonio de la presente a las actuaciones, debiendo insertarse su original en el Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.-Leída y publicada ha sido la anterior resolución por ante la Juez que la refrenda, hallándose celebrando en audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe.

La parte demandada Abdelaziz El Kho no ha comparecido al acto de juicio ni a notificarse la sentencia, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), he acordado notificarle la citada resolución por medio de este edicto.

Contra dicha sentencia, la parte demandada puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC)

l'Hospitalet de Llobregat, 19 de septiembre de 2011.- Secretaria Judicial.

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