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Documento BOE-B-2011-31985

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2011, páginas 90204 a 90204 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-31985

TEXTO

Edicto

D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

1°.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección 1 Declaración de Concurso 0000331/2011 se ha dictado a instancias del procurador José Vicente Gil Tránchez en nombre y representación de Racionalización de Servicios Navales, S.L. – Rasernaval, con CIF: B-27.703.271 en fecha veintiuno de septiembre de dos mil once auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Racionalización de Servicios Navales, S.L.- Rasernaval, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Travesía da Coruña, 4 de Vigo.

2°.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal.

3°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Vigo, 21 de septiembre de 2011.- El/la Secretario/ Judicial.

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