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Documento BOE-B-2011-32396

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2011, páginas 90781 a 90782 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-32396

TEXTO

Edicto.

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el expediente de concurso voluntario abreviado n.º 12/11, se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Construmet Besacano S.L., con CIF B-17839838 y abrir de oficio la fase de liquidacion, en los términos previstos en el artículo 143.1.1.º de la Ley Concursal, al no haberse presentado propuesta de convenio presentada.

Se suspende la Junta de acreedores señalada para el próximo día 13 de octubre de 2011, a las 10:30 horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del estado.

Incríbase, asimismo, el los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al registro mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al tomo 2259, folio 163, hoja nºGI-37675 inscripción 2.ª, del registro mercantil de Girona, ordenándose la práctica de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas.

Entréguese en debida forma a la procuradora Sra. Dora Riera, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de ocho dias computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la ley concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolcuión y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de conformidad con el art.168, en relación con el 191 de la L.C., a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la ley concursal y 451,452 de la LEC).

Así lo manda y firma el magistrado juez D.Hugo Novales Bilbao del juzgado mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.-El secretario judiical.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley concursal, expido el presente en

Girona, 20 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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