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Documento BOE-B-2011-33129

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 17 de octubre de 2011, páginas 91836 a 91836 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33129

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 802/2008, por auto de fecha 1 de septiembre se ha acordado la apertura de fase de liquidación del deudor CORINSUA PROMOCIONES, S.L., CIF B-15773153, con domicilio en Álvaro Cunqueiro, 4, bajo A, A Coruña, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en A Coruña.

2º.- Por sentencia de fecha 8 de febrero de 2010 se ha aprobado convenio propuesto por la concursada, si bien éste ha sido incumplido.

3º.- En cuanto a los acreedores ya reconocidos en la lista de acreedores definitiva, no es necesaria nueva comunicación de créditos.

Por medio del presente se hace llamamiento a los acreedores que hayan llegado al concurso con posterioridad a la sentencia aprobatoria del convenio para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 al administrador concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de quince días contado desde la última publicación del presente anuncio.

La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores que figuren en la contabilidad del deudor y que no consten en la relación definitiva de la lista de acreedores.

Se advierte a los acreedores de su derecho a hacer presentación de sus títulos o documentos relativos a sus créditos en original o mediante copia autenticada, así como en el caso de documentos privados, mediante imágenes digitalizadas, incorporadas a anexos firmados electrónicamente (artículo 85 de la Ley concursal en relación con el artículo 268 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Podrá acompañarse copia en imagen digitalizada de cualquier documento original cuya devolución solicite el interesado.

4º.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

5º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que la administración concursal está integrada por:

D. Jesús Graiño Ordóñez. 981.28.13.65.

D. Andrés Manuel Caso Martínez. 981.21.70.60.

Por Caixanova D. Pastor Ignacio Pose Casal. 981.25.05.70.

A Coruña, 28 de septiembre de 2011.- El/la Secretario Judicial.

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