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Documento BOE-B-2011-33528

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 19 de octubre de 2011, páginas 92359 a 92359 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33528

TEXTO

Don/doña José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 133/2011 se ha dictado a instancias de Aislamientos Térmicos de Galicia, Sociedad Anónima, con Código Identificación Fiscal A36650828, con domicilio en Baixada do Cocho número 228 A Guia-Meira-Moaña. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 35, libro 576, hoja número 7988, inscripción 1.ª, en fecha 21 de septiembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso.

Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que sean intervenidas por la Administración concursal que se designará al efecto, mediante su autorización o conformidad.

Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 21 de septiembre de 2011.- El/a Secretario/a Judicial.

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