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Documento BOE-B-2011-34

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2011, páginas 43 a 43 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-34

TEXTO

Edicto

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente,

Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I, Declaración Concurso 0000178/2010, se ha dictado a instancias de Construcciones Sardiña y Antúnez, S.L., en fecha 13 de diciembre de 2010, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de Construcciones Sardiña y Antúnez, S.L., con CIF nº B06494488, y domicilio en Avenida Juan Carlos I, número 2, Centro Comercial, local B, de Badajoz, que coincide con el centro de sus principales intereses.

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por:

Don Mateo Giralt Ramírez, letrado, con despacho profesional en Avenida Juan Carlos I, 8º A, Badajoz.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzagado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 13 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

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