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Documento BOE-B-2011-34117

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 24 de octubre de 2011, páginas 93209 a 93209 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-34117

TEXTO

Edicto.

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 134/2011-C, se ha dictado a instancias de "Grupo Pérez Leirós, Sociedad Limitada" en fecha 6 de octubre de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Grupo Pérez Leirós, Sociedad Limitada", con código de identificación fiscal número B-36.243.533, y domicilio social en calle Antonio Palacios, número 27, entresuelo B, código postal 3.400 O Porriño (Pontevedra). Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 204, libro 2793 de sociedades, tomo 2793, hoja PO-17360, inscripción 24ª.

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada por la administración concursal.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Pontevedra, 6 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.

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