Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-34272

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2011, páginas 93404 a 93404 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-34272

TEXTO

Edicto

D.ª Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial sustituta, del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, por el presente,

Hago saber: Que en los autos de concurso voluntario abreviado del deudor Club Estudiantes, Sociedad Anónima y Deportiva, con CIF: "A-80245947" seguidos en este Juzgado con el nº 76/2010 se ha dictado en 13 de octubre de 2011, sentencia aprobando convenio, cuyo fallo es como sigue:

Se aprueba con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada en el concurso voluntario ordinario nº 76/2010 del deudor Club Estudiantes, Sociedad Anónima y Deportiva, que fueron aceptadas por la Junta de Acreedores celebrada el día 28 de julio de 2011.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en el cargo para llevar a cabo las funciones previstas en el capítulo II del título VI.

Se concede a la Administración concursal el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso en la que será parte la Administración concursal. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable

Notifíquese esta Sentencia al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la Sentencia en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad para su inscripción.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales de la Sección primera.

Madrid, 14 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid