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Documento BOE-B-2011-34463

OURENSE

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2011, páginas 93669 a 93669 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-34463

TEXTO

Edicto

D.ª Estefanía Cotobal Martín, Secretaria judicial del Juzgado de primera Instancia núm. 4 de Ourense,

Por el presente hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 603/2011 se ha dictado en fecha 30 de septiembre de 2011 del deudor Hormigones Valenzana, S.L., con CIF B32168247 cuyo centro de intereses principales lo tiene en carretera nueva de Ourense a Celanova, kilómetro 6,45, Bentraces, Barbadás (Ourense).

2.- Se ha acordado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición del concursado, cuyo ejercicio quedará sometido a la intervención y autorización del Administrador Concursal, el abogado D. Joaquín González Vila.

3.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ourense, 30 de septiembre de 2011.- Secretaria Judicial.

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