Yo, Javier Navarro-Rubio Serres, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, con residencia en Madrid,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Madrid, calle Claudio Coello, n.º 16; 4.º derecha, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Finca hipotecada:
Urbana: número setenta y tres.-Vivienda letra A, en planta primera, del bloque número dos, escalera seis, del edificio sito en Madrid, entre la calle Quince, Paseo de los Melancólicos y calle de Cambroneras, hoy Paseo de los Melancólicos, número setenta y cinco.
Tiene una superficie construida aproximada de ciento veintitrés metros doce decímetros cuadrados, incluida la terraza y elementos comunes.
Consta de hall, pasillo, tres dormitorios, dos cuartos de baño, salón-comedor con terraza y cocina con acceso a terraza independiente.
Linda entrando por su izquierda, con terraza propia, por su frente, con vivienda C de la escalera siete; por la derecha, con zona privada de uso público; por su parte trasera, con hueco de escalera, ascensor y vivienda B de la misma planta y escalera.
Cuota de participación: 1,196 por ciento.
A esta vivienda le corresponde como propiedad privada, una terraza, limitada por jardineras, de las cuales le pertenecen: saliendo de la cocina la parte izquierda y la parte frontal.
Se encuentra inscrita en el registro de la Propiedad nº 25 de Madrid, al tomo 2.672, libro 2.672, folio 190, finca registral nº 74.274.
Lugar y fecha: La primera, y en su caso, la segunda y tercera subasta se celebrarán en mi despacho a las 11.30 horas, los días 28 de noviembre de 2.011, 28 de diciembre de 2.011 y 30 de enero de 2.012, respectivamente.
Tipo: El tipo que servirá de base a la primera subasta será de quinientos doce mil quinientos cuarenta y siete euros con ochenta céntimos de euro (512.547,80 €). El tipo que servirá para la segunda subasta, será el 75% del valor indicado, y sin sujeción a tipo, para la tercera subasta.
Advertencias:
La documentación precisa, en especial el pliego de condiciones y la certificación registral pueden consultarse en la notaria. El hecho de licitar supone la aceptación como bastante de la titilación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecutan continuarán subsistentes
Antes deberán consignarse las cantidades señaladas en el Reglamento Hipotecario y en la forma que se determina en el pliego de condiciones, a saber, los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un veinte por ciento del tipo de la segunda subasta.
Solo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Para el caso de que la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del lugar, día y hora fijados para la subasta, resultase infructuosa o negativa, servirá el presente anuncio y su publicación en los tablones y Boletines correspondientes, para suplir y tener por efectuada correctamente dicha comunicación.
Madrid, 17 de octubre de 2011.- El Notario, Javier Navarro-Rubio Serres.
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