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Documento BOE-B-2011-35045

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2011, páginas 94464 a 94464 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-35045

TEXTO

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja.

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 1880/10 referente a la entidad Corema Promoción de Activos, Sociedad Limitada, con CIF B-84885581, con domicilio social en Logroño, calle Vara de Rey, número 5, ter, oficina 10, por auto de fecha 14 de octubre de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el artículo 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

2.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de las entidades concursas sobre su patrimonio.

3.-La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.-Se aprueba el Plan Anticipado de Liquidación propuesto por la concursada, en los términos expuestos en dicha resolución, al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

De conformidad con lo estipulado en el artículo 168 de la Ley Concursal, dentro de los cinco días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

Este edicto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 14 de octubre de 2011.- La Secretaria judicial.

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