Resultando que con posterioridad a la autorización del Consejo de Gobierno para la celebración del contrato se comenzó la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2012, donde la partida de inversión del programa de carreteras autonómicas sufre una importante restricción cuya consecuencia más inmediata va a ser la reducción importante de la obra nueva, lo que hace innecesario el contrato de "Control topográfico de las obras de carreteras autonómicas", cuyo anuncio de licitación se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria de f/ 29.09.2011, en el Boletín Oficial del Estado de f/ 6 de octubre de 2011 y en el Diario Oficial de la Unión Europea de f/ 27.09.2011.
El Consejero de Obras Públicas y Vivienda mediante Resolución de fecha 18 de octubre de 2011 y en base a lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley de Contratos del Sector Público, resuelve:
Renunciar a la celebración del contrato de servicios denominado "ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL CONTROL TOPOGRÁFICO DE LAS OBRAS DE CARRETERAS AUTONÓMICAS", sirviendo esta publicación como notificación a los posibles licitadores.
Contra la mencionada Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de esta publicación.
Santander, 21 de octubre de 2011.- La Consejera de Presidencia y Justicia, P.D. El Secretario General (Resolución 18 de junio de 2008) Fdo.: Javier Jose Vidal Campa.
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