No habiendo surtido efecto los dos intentos de notificación en el domicilio conocido de Obras Civiles y Productos Metálicos, S.L. (OCYPME) se procede a notificar conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La Directora del Organismo Autónomo Parques Nacionales resuelve proceder a la resolución del contrato de obra civil para la "Instalación de la Red de Repetidores de Radiocomunicación del Parque Nacional de los Picos de Europa-57p/07" firmado entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y la compañía OCYPME, con incautación de garantía de seis mil setecientos sesenta euros (6.760,00 €) e indemnización por daños y perjuicios en la cantidad de siete mil novecientos cuatro euros con veintiocho céntimos (7.904,28 €).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El expediente completo podrá ser consultado en las oficinas del Organismo Autónomo Parques Nacionales, C/ José Abascal, 41, de Madrid.
Madrid, 19 de enero de 2011.- La Directora del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Olga Baniandrés Rodríguez.
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