Edicto
El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber:
Que en los autos de Concurso Voluntario de D.ª Sonia Catalina Chávez Acuña con NIE X5168857K y D. Juan Alberto Rubio Macias con NIE X4245498C, seguidos en este Juzgado con el n.º 221/2010, se ha dictado en fecha 07/10/11 AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de D.ª Sonia Catalina Chavez Acuña y D. Juan Alberto Rubio Macías, seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 221/2010 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de los concursados ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.
Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el tablón de anuncios de este juzgado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.
No ha lugar a la expedición de mandamientos al Registro Civil para la cancelación de los asientos registrales previstos, toda vez que los concursados son extranjeros.
Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tortosa
Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma Doña Ainhoa Sagardia Peñagaricano, Jueza en sustitución del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente
Tarragona, 7 de octubre de 2011.- El Secretario Judicial.
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