Manuel Lora-Tamayo Villacieros, Notario del Ilustre Colegio de Madrid con residencia en esta capital,
Hago saber: Que en mi notaria sita en la Calle Alcalá número 277, primero de Madrid se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca:
En Madrid. Numero diecisiete. Piso Ático, situado en la planta de áticos de la casa sita en esta Capital, calle de Monte Igueldo, números 90 y 92, teniendo su acceso por el portal número 92. Ocupa una superficie de cincuenta y cuatro metros y veintisiete decímetros cuadrados, distribuidos en varias habitaciones y servicios.
Inscrita en el Registro de la Propiedad 19 de Madrid, Folio 39, Tomo 291, Libro 291, Finca registral 29579, inscripción cuarta.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaría. La primera subasta el veintiuno de diciembre de 2011 a las nueve horas treinta minutos, siendo el tipo base de 251.941,50 euros, de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta se celebrará el día diecinueve de enero de 2012 a las nueve horas y treinta minutos, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento de la primera; en los mismos casos la tercera subasta se celebrará el día dieciséis de febrero de 2012 a las nueve horas y treinta minutos sin sujeción a tipo; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el veintitrés de febrero de 2012 a las nueve horas y treinta minutos.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario se pueden consultar en la notaría de lunes a viernes de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta y en la tercera un veinte por cien del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Madrid, 14 de octubre de 2011.- El Notario, don Manuel Lora-Tamayo Villacieros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid