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Documento BOE-B-2011-36210

Resolución del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación autorizando y declarando, en concreto, de utilidad pública el establecimiento del proyecto de línea aérea M.T. D/C "Circunvalación de Olivenza" (Silo) a 20 kV de 4,350 Km de longitud, en el término municipal de Olivenza.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 8 de noviembre de 2011, páginas 96144 a 96145 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2011-36210

TEXTO

Visto el expediente incoado en este Servicio a petición de: Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio en: Badajoz, Parque de Castelar, n.º 2, solicitando autorización de la instalación eléctrica, y declaración, en concreto, de utilidad pública cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el artículo 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE-27-12-2000), así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico:

Este Servicio ha resuelto autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, S.L., el establecimiento de la instalación eléctrica, cuyas principales características son las siguientes:

Línea Eléctrica

Origen: Apoyo n.º 1 Subestación Olivenza.

Final: Apoyo n.º 24 bajo la linea aérea de at. olivenza-alconchel, en apoyo n.º 3.

Términos municipales afectados: Olivenza.

Tipos de línea: Aérea.

Tensión de servicio en kV: 20-

Conductores: Aluminio-acero.

Longitud total en Km: 4,350.

Apoyos: Metálicos.

Número total de apoyos de la línea: 2.

Crucetas: Especial Doble Circuito.

Aisladores: Tipo: suspendido. Material: Vidrio

Emplazamiento de la línea: Circunvalación del término municipal de Olivenza.

Presupuesto en euros: 132.682,81. Presupuesto en pesetas: 22.076.562.

Finalidad: Mejora del suministro eléctrico en la zona.

Referencia del Expediente: 06/AT-001788-016405.

Declarar, en concreto, La utilidad pública de la instalación eléctrica, que se autoriza a los efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre y en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico. Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el acta de puesta en servicio previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

Badajoz, 13 de octubre de 2011.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial. Fdo.: Diego Clemente Morales.

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