Don Fernando Pérez Alcalá del Olmo, Notario del Ilustre Colegio de Madrid con residencia en esta capital,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Madrid, calle Alcalá, número 115, piso primero izquierda, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Descripción. Urbana en Madrid. Piso cuarto, letra A, sito en la calle Mercurio número sesenta y tres. Linda al frente, Este, con rellano y acceso de escalera; derecha entrando, Norte, piso letra B; izquierda, Sur, terrenos de Inmobiliaria Sandi, S.A.; y fondo, Oeste, la calle de Mercurio. Consta de pasillo, comedor, dos dormitorios, cocina, aseo y terraza. Su superficie es de cincuenta y ocho metros noventa y dos decímetros cuadrados, se entiende como superficie construida.
Tiene una cuota de participación en el total valor de la finca, elementos comunes y gastos, de seis enteros por ciento.
Inscripción.- Registro de la Propiedad número 30 de Madrid al Tomo 2.634, libro 872, folio 190, finca número 14.407, inscripción 8ª.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el día 25 de noviembre de 2.011, a las diez horas, siendo el tipo base el de 230.134,02 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta el día 26 de diciembre de 2.011, a las 10 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el día 23 de enero de 2.012, a las 10 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 22 de febrero de 2.012.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Madrid, 3 de noviembre de 2011.- Notario.
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