Doña María Consolación González Sánchez, Magistrada-Juez de 1.ª Instancia de Madrid,
Hago saber: Por decreto de esta fecha dictado en el procedimiento sobre robo, hurto o extravío de documento al portador seguido en este Juzgado al n.º 1256/2011, se ha admitido la denuncia formulada por "Castellana Global Investment 2006, S.L.", acordando la suspensión del pago.
Títulos desposeídos:
Admitido a trámite el presente procedimiento se prohíbe la negociación de las letras de cambio que han sufrido extravío y que son las siguientes:
- Letra de Cambio clase 5.ª serie 1A, n.º 0174509, por importe de 9000 euros, con vencimiento 11 de julio de 2010.
- Letra de Cambio clase 4.ª serie Oa, n.º 1685134, por importe de 24.000 euros, con vencimiento 12 de julio de 2010.
Publíquese la denuncia en el "BOE" y "BOCM", haciéndose entrega de los edictos a la representación de la parte actora para que cuide de su dlligenciamiento y reporte.
Dése traslado al aceptante, ordenándose que, si fueran presentadas las letras al cobro, retenga el pago y ponga las circunstancias de la presentación en conocimiento el Juzgado. Igual traslado se dará al librador y demás obligados cuando fueren conocidos, debiendo formular ante el Juez, dentro de los diez días siguientes, las alegaciones que estimen oportunas.
Así lo mando y firmo.-La Secretario judicial.
Por el presente se llama al tenedor de los títulos para que pueda comparecer en el Juzgado dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente, haciendo uso de su derecho.
Madrid, 27 de septiembre de 2011.- La Secretario.
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