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Documento BOE-B-2011-37020

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 16 de noviembre de 2011, páginas 97316 a 97316 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-37020

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 735/2007, por Auto de fecha 11 de Julio de 2011, se ha acordado lo siguiente:

"Decido:

Declarar la conclusión del concurso 735/07, en el que figuraba como concursada Contratas San Clemente, S.L., al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Contra este auto no cabrá recurso alguno.

Notifíquese esta resolución a las partes y procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial del Estado."

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.

El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Asturias, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.

Nodo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Apelación en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50,00 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este juzgado: 2274 0000 02 073507.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de Apelación en la Sección Primera.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se efectuará en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274 y en el campo "concepto " se insertará lo dispuesto en el apartado anterior y los dieciséis dígitos indicados igualmente en dicho apartado.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo. Doy fe.

Oviedo, 12 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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