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Ramón José Vázquez García, Notario de Catalunya, con despacho profesional de Badalona, Carrer dels Arbres, número 27-29, entresuelo 1ª,
Hace saber: Que ante mí se tramita la venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:
Urbana.-Elemento número ocho.-Piso primero, puerta segunda, de la casa número 23-25, de la calle Quevedo de Badalona, de superficie cincuenta metros setenta y tres decímetros cuadrados. Cuota de participación: 4,52 por ciento.
El título constitutivo de la hipoteca a ejecutar causó en el Registro de la Propiedad número dos de Badalona, la inscripción 12ª de las relativas a la finca nº 22.335, al tomo 3977, libro 1197 de Badalona, folio 43.
Y que procediendo a la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo en las siguientes condiciones:
1º) Se señala la primera subasta para el día 12 de diciembre de 2011, a las trece horas; la segunda subasta, en su caso, será el día 10 de enero de 2012, a las trece horas, y la fecha para la tercera subasta, en el suyo, para el día 8 de febrero de 2012, a las trece horas, y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores, el día 15 de febrero de 2012, a las 13 horas.
2º) Todas las subastas se celebrarán en mi despacho profesional, sito en calle dels Arbres, números 27-29, entresuelo 1ª de 08912-Badalona.
3º) El tipo para la primera subasta es de doscientos treinta y dos mil trescientos ochenta y siete euros 232.387,00 euros); para la segunda el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
4º) La documentación y certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario, se pueden consultar en la Notaría de lunes a viernes, de 10 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.
5º) Los licitadores deberán consignar previamente en la Notaría, el treinta por ciento del tipo correspondiente, en la primera y segunda subasta, y en la tercera, el veinte por ciento de la segunda subasta, para tomar parte en ésta última, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
6º) Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañándolo del justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
7º) Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Badalona, 3 de noviembre de 2011.- Notario.
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