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Documento BOE-B-2011-37881

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2011, páginas 98518 a 98518 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-37881

TEXTO

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento concursal 01/09, de la entidad "Grupo Inmobiliario Palma del Mar, Sociedad Limitada", se ha dictado auto el 14 de septiembre de 2011, por la Magistrada-Juez titular doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso. Se acuerda la suspensión de la concursada en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los Administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquello que consistan en otras prestaciones. Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la redacción judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado la deudora con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. La Magistrada-Juez.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, del 27 de marzo, en el "Boletín Oficial del Estado" y periódico-diario "El Día", extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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