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Manuel González-Lliberós Casanova, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Aldaia,
Hago saber: Que en mi notaria, sita en Aldaia (Valencia), calle Miquel Grau 1-B, esquina a Plaza de Europa, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Vivienda del segundo piso alto, puerta once, tipo D. con departamentos propios para habitar. Ocupa una superficie útil de ciento diecinueve metros veintidós decímetros cuadrados, y construida de ciento cuarenta y tres metros quince decímetros cuadrados.
Tiene como anejo inseparable la plaza de garaje marcada con el número cuatro, que tiene una superficie útil de veintitrés metros setenta y cinco decímetros cuadrados.
Registro.- En el de la Propiedad de Aldaia al tomo 2.392, libro 267 de Aldaia, folio 128, finca 12.978.
Forma parte del edificio sito en Aldaia, Avenida del Dos de Mayo, número treinta y ocho.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi notaria. La primera subasta el 29 de diciembre de 2.011, a las 10.00 horas, siendo el tipo base el de ciento diecisiete mil setecientos cincuenta euros (117.750’00 Euros); de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el 31 de enero de 2.012, a las 10.00 horas, cuyo tipo será el 75 por ciento de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el 01 de marzo de 2.012, a las 10.00 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaria una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la 1ª y 2ª subasta y en la 3ª un 20 por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Aldaia, 14 de noviembre de 2011.- Notario.
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