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Documento BOE-B-2011-38233

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2011, páginas 98986 a 98986 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-38233

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil nº 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 0000258 /2011 se ha dictado a instancias de Fuente La Silva, S.L., en fecha 11 de noviembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Fuente la Silva, S.L., CIF B-06321525, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ San Juan, nº 18, de Olivenza (Badajoz).

2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la Administración Concursal, que está integrada por el Letrado Hernán Ballesteros de Aguirre, con domicilio en Pza. de España nº 6, 4º Piso, Pta. 1, 06002 (Badajoz).

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración Concursal en el plazo de 15 Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 11 de noviembre de 2011.- Secretaria Judicial.

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