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Documento BOE-B-2011-38721

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 28 de noviembre de 2011, páginas 99640 a 99640 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-38721

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, hago saber:

Que en el concurso voluntario n.º 537/11, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil "Construccions Metal.liques Dorca, S.L.", con domicilio en calle Llevant, n.º 53, de Vilamalla, Cif núm. B-17368770, siendo designados como Administrador concursal a don José Vicente Estrada.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concusal la existencia de los créditos contra la concursada, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañandose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

La deudora conserva las facutlades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración de concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la LC.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 9 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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