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Documento BOE-B-2011-38852

Edicto de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil por el que se notifica a la Inspectora del Cuerpo Nacional de Policía doña María Isabel Sánchez Martín, el trámite de audiencia, en el expediente disciplinario número 2/2011, que se le sigue, y la interrupción del cómputo de plazo de caducidad del procedimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 28 de noviembre de 2011, páginas 99820 a 99821 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2011-38852

TEXTO

Don Jesús Fernández Álvarez, Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía, Instructor del Expediente Disciplinario en la División de Personal,

Hago saber:

"Primero: Que por este Edicto se notifica a la Inspectora del Cuerpo Nacional de Policía, doña María Isabel Sánchez Martín, con D.N.I. número 50.806.525, adscrita a la plantilla de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, la citación para cumplimentar el trámite de audiencia, al encontrarse en paradero desconocido, y no haber sido hallada en las diversas ocasiones en que se personaron los funcionarios comisionados en su domicilio, en los días 10 y 11 de octubre de 2011.

Segundo: La presente notificación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 61 de la misma norma, en relación con el artículo 35 de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

Tercero: Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley Orgánica, le informo que el plazo máximo para la resolución y notificación de este procedimiento, es de seis meses, computados desde la fecha del acuerdo de incoación hasta la de notificación de la resolución definitiva.

Cuarto: Que la falta de resolución expresa del procedimiento dentro del plazo máximo legal fijado produce su caducidad, a tenor del artículo 44.2 de la LRJPAC, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En este caso, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con el efecto previsto en el artículo 92 de la Ley 30/1992.

Como quiera que el cómputo del plazo de caducidad podrá interrumpirse, de conformidad con el artículo 44.2, párrafo 2º, de aquella Ley, si el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, como es el caso de doña María.

Isabel Sánchez Martín, mediante providencia de fecha de hoy se acordó tal interrupción.

Quinto: Que a tal efecto la inculpada deberá comparecer en las dependencias de la División de Personal, sitas en la Avenida Pío XII, número 50, 2ª planta, despacho número 233, de Madrid, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, en el plazo de diez días, computados desde la fecha siguiente a la de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en la Orden General de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, apercibiéndole de que si no acude a tal requerimiento proseguirán las actuaciones con el perjuicio a que en Derecho haya lugar.

Madrid, 14 de noviembre de 2011.- El Comisario, Jefe de la Unidad de Régimen Disciplinario.

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