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Documento BOE-B-2011-39227

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 1 de diciembre de 2011, páginas 100305 a 100305 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-39227

TEXTO

Edicto

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.° Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.° Sección I Declaración de Concurso 0000225 /2011 se ha dictado a instancias de Joaquín González Calan, Iluminado Navarro de la Banda, Francisco Luque Barrionuevo, Francisco Vázquez Toledano, Adriano Teruel Rodríguez, José Antonio Torres Vila, Salvador Labrador Labrador, Gasóleos Mallorca, S.L en fecha 21.07.2011 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Grúas Tur, S.L con numero de CIF B07745979, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma de Mallorca.

2.° Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad declarara en concurso que serán sustituidas por la Administración Concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 Días a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresara nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose todo caso originales o copias autenticas del titulo o de los documentos relativos al crédito.

4.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos por Letrado/a (artículo 184.3 ley concursal)

Palma de Mallorca, 22 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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